¿La solicitud inicial de tu permiso de vivienda o bien renovación de tarjeta ha sido denegada? Entonces deja de preocuparte. ¡Tiene solución y es más simple de lo que crees! En el presente artículo te explicamos al detalle de qué manera ejecutarla. Analizaremos todo cuanto has de saber sobre los recursos en materia de extranjería para apelar a decisiones de la administración, con los que vas a poder lograr tu tarjeta tras una denegación. Vamos a ver los distintos tipos (recursos de alzada y de reposición), requisitos, plazos y de qué manera marchan precisamente.
Un recurso es una notificación a la oficina de extranjería por la que anunciamos que no estamos de acuerdo con la resolución tomada en relación a nuestro expediente, y solicitamos de manera explícita que se vuelva a estudiar detenidamente.
Se trata de un escrito de carácter formal en el que comunicamos el desacuerdo con la denegación de nuestra petición de vivienda o bien renovación y pedimos una revisión en base a un motivo viable y contemplado por la ley.
De manera más técnica, el recurso deja al ciudadano extranjero recurrir las decisiones de la administración pública, sea cuál sea su situación legal.
Es decir, supón que has presentado tu petición para lograr tu arraigo social, tarjeta comunitaria, reagrupación familiar o la renovación de tu vivienda de larga duración. Después de preparar toda la documentación, invertir tiempo y dinero y esperar a lo largo de 3 meses… y ves una contestación desfavorable: no te conceden la tarjeta.
Será en esos casos en los que debas presentar un recurso, ya que éste te dejará “discutir” la decisión y conseguir una petición conveniente por último.
En ese sentido, ¿a qué órganos o bien instituciones puedes recurrir?
A decisiones o resoluciones tomadas por parte de la oficina de extranjería, delegaciones o subdelegaciones del gobierno, y por los diferentes consulados españoles repartidos por todo el planeta.
En materia de extranjería encontramos 2 géneros de recursos diferentes que nos dejarán apelar la resolución de una solicitud rechazada:
No obstante, debemos tomar en consideración que ambos son recursos administrativos; es decir, es el poder Ejecutivo quién decide (la Administración Pública).
Pero hay más.
Imaginemos que hemos emitido un recurso de alzada, y éste ha sido desechado. En ese caso vamos a haber agotado la vía administrativa, y vamos a poder pasar a la vía judicial en lo que se conoce como un recurso contencioso-amdministrativo. El plazo aquí es superior, puesto que puede tardar hasta 3 meses, y será el Poder Judicial quien decide (Juzgados o bien Tribunales).
Es importante mentar que no podemos acceder a la vía contenciosa (si estamos en disconformodidad con la decisión del órgano ejecutivo) hasta el momento en que no hayamos pasado ya antes por la vía administrativa. Esto es, no puedes saltar directamente a hacer un recurso contencioso sin haber hecho ya antes uno administrativo.
Si te han rechazado la petición inicial o bien renovación, nuestra recomendación es comenzar un recurso SIEMPRE.
Y esto tiene una serie de motivos o ventajas que hacen que el recurso solo pueda beneficiarte:
Como ya hemos comentado, se trata de un escrito de carácter formal que vas a deber preparar y entregar.
Tienes 1 mes para presentar el recurso frente al órgano que emitió la denegación (o frente al superior jerárquicamente) desde el día después al que recibiste la notificación denegatoria.
Y aquí encontramos una consideración importante, puesto que no debemos confundir con el plazo en el que se dicte sentencia. cita previa policia nacional toma de huellas
Es decir, si la petición de tu tarjeta o renovación se califica como rechazada el día treinta de enero, mas no recibes la notificación pertinente hasta el 15 de febrero, el plazo de un mes no comienza a contar hasta el 16 de febrero. Y acabaría el dieciseis de marzo, puesto que no se cuenta en días, sino más bien en mes entero.
Por otro lado, y para proseguir con el proceso legal, si bien mandes tu recurso a la oficina de extranjería, va a ser el órgano superior quien lo resuelva: un juez.
Este juez emitirá sentencia y la va a mandar a la oficina de extranjería. Una vez lo examinen, y si sale conveniente, te van a hacer llegar una carta con la estimación conveniente. Y eso es comparable a cuando obtienes un permiso por primera vez: vas a deber pedir vez para las huellas y recoger tu tarjeta.
Es muy importante que entiendas que no hay una fórmula mágica o plantilla que sea válida para confeccionar todos y cada uno de los recursos. Cada caso es particular y absolutamente diferente, y crear un recurso individualizado y basándonos en las necesidades del caso en cuestión será la única forma de que tenga éxito.
No obstante, te dejamos el listado de elementos comunes que cualquier recurso debe incluir:
Como conclusión, si bien es verdad que lo podrías crear y presentar tu mismo el recurso incluyendo estos elementos, no es una cosa que te recomendemos. Puesto que, nuevamente, redactar uno requiere conocimiento sobre la ley.
Es decir, si realmente quieres que sea efectivo deberá estar preparado por un abogado tras estudiar el caso al detalle. ¿Por qué? Para detectar algún fallo en la resolución, minimizando de este modo las posibilidades de una segunda denegación.
Así, sencillamente debes mandarnos un correo a y nuestro te va a ayudar a elaborar el tuyo y a lograr que admitan finalmente tu petición de vivienda.
El tiempo máximo que la administración tiene para dar contestación es de 3 meses, tanto para el recurso de alzada como para el de reposición.
No obstante, conforme en la comunidad autónoma en la que te encuentres es probable que tarde menos de noventa días. Pues la demora depende en buena medida del número de peticiones a repasar, y en aquellas regiones en las que hay menos extranjeros los trámites van considerablemente más rápido.
Ten en cuenta que si pasado ese plazo temporal de 1 mes no has recibido respuesta, el recurso se comprenderá como desechado por silencio administrativo negativo.
¿Qué puedes hacer entonces? En un caso así ya se te abre la vía contencioso-administrativa, con lo que podrás apelar a la decisión de la administración pública ante un tribunal o juzgado.
No. Si has interpuesto un recurso administrativo no puedes salir de España. Pues tendrías graves problemas al volver y también procurar regresar a entrar al país.
Es decir, no es lo mismo que cuando hay una renovación en trámite, momento en el que se puede . Esta autorización de regreso avala que nuestra tarjeta esta siendo renovada, y actúa como comprobante, sustituyendo a la propia tarjeta.
No obstante, si empezamos un recurso es porqué nuestra renovación o bien solicitud inicial han sido rechazadas, por lo que no es equivalente a estar en trámite. Es por eso que no vamos a poder pedir una autorización de regreso y entrar de forma libre de vuelta.
Nuestra recomendación es que te quedes en España durante el mes que tarde la resolución del recurso.
Sin duda se trata de un momento crítico. Te terminan de rehusar la petición de vivienda, y el recurso es tu última alternativa. Si lo rechazan asimismo, vas a deber salir de España obligatoriamente y pierdes la posibilidad de residir en el país.
Por lo que asegurarte de que el recurso es conveniente es esencial.
¿Cuál es la clave del éxito en ese sentido?
Pues bien, hay una estrategia infalible y a la que deberías acudir sin lugar a dudas: evitar tener que recurrir.
La clave de un recurso conveniente es eludir que te rechacen tu petición de renovación o bien de tarjeta inicial. De esta manera de fácil.
Para ello debes tener en consideración cuáles son los requisitos concretos para tu trámite. Si te aseguras de cumplir , es prácticamente imposible que rechacen tu petición, por lo que nunca tendrás que llegar al punto de necesitar recurrir.
Así, nuestro consejo es que hables con una abogado antes que nada.
Infórmate de forma pormenorizada qué se precisa para pedir tu permiso de residencia o renovarlo, y deja que se encarguen de todo.
Tener que recurrir es una situación nada ideal, pero con un poco de planificación anterior la podrás eludir.
En ese sentido, nuestro equipo de abogados está a tu disposición para ayudarte con tu trámite: